Requisitos de suministro de energía para el horno eléctrico de secado con calentamiento a temperatura constante

Los siguientes requisitos de suministro de energía se enumeran en la norma nacional GB/T30435-2013 para hornos de secado eléctricos , que entró en vigor el 1 de agosto de 2014:

a) Tensión nominal: CA 220 V, 380 V u otras tensiones nominales; el rango de desviación permitido del valor nominal es -15%~+10%.

b) Frecuencia nominal: se permite una variación de ±2 % del valor nominal para frecuencias distintas de 50 Hz.

b) En la red eléctrica se permiten sobretensiones transitorias normales. Según GB16895.12-2001, el nivel nominal de sobretensión transitoria es equivalente a la tensión soportada por pulso (sobretensión) Categoría II. Dependiendo de su tamaño, los hornos de secado eléctricos cuentan con diferentes potencias caloríficas. Generalmente, el voltaje de CA de 220 V se instala en fábrica para situaciones de baja carga o baja potencia, y el voltaje de CA trifásico de 380 V se instala para alta potencia. Para analizar los requisitos de energía específicos o las condiciones del suministro de energía, comuníquese con el fabricante con anticipación. Hay que comentarlo antes de realizar una compra porque, por ejemplo, un taller pequeño puede no tener 380V o diferentes países pueden tener diferentes configuraciones de voltaje.

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